-III-
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de estimación e intimación de honorarios profesionales de abogados interpuesta por las abogadas LUISA ELENA LOPEZ QUIJADA y ANNERIS JOSE LOPEZ QUIJADA contra la empresa MANTRUCKS, C.A., ambas plenamente identificadas en autos.-
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar la cantidad de CIENTO SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 170.000,00) por los conceptos expresados en la parte motiva del presente fallo.-
TERCERO: Se acuerda INDEXACIÓN o corrección monetaria del monto condenado a pagar en el acápite anterior, desde el día 06 de Agosto de 2012, fecha en la cual quedó definitivamente firme la sentencia de Amparo dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, hasta que la presente de.....