HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN,efectuada por ciudadanos CASIMIRO BOULLOSA BARREIRO y JESUS LEONARDO MARQUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.278.599 y V-14.214.017, respectivamente, parte actora y demandada en el presente juicio, atribuyéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.
En cuanto a las copias certificadas solicitadas, este Tribunal ordena expedir copia certificada del escrito de transacción celebrado en fecha 01 de junio de 2022 y de la presente decisión.
Asimismo, se ordena la publicación de la presente decisión en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve y el portal web www.miranda.scc.org.ve.
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.