DECLARA LA EXTINCION DE LA CONDENA POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA y en consecuencia se decreta LIBERTAD PLENA del penado CORDOVEZ LOPEZ GUSTAVO ENRIQUE, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, Titular de la cédula de Identidad N° 11.817.448, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal,
Regístrese, Diarícese, Publíquese, Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias y a la Defensoría Pública Penal, cítese al ciudadano CORDOVEZ LOPEZ GUSTAVO ENRIQUE, titular de la cédula de identidad Nro. 11.817.448, para imponerlo de la presente decisión, ofíciese lo conducente a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, y al Servicio de Información Policial de Dirección Nacional .....