D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal CUARTO de Primera Instancia en lo Penal Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley le confiere, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado SALCEDO JOHAN JOSE, titular de la cédula de identidad N° 17.963.964, en fecha 19-06-2006, de conformidad con el ordinal 8° de artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de aumentar la cantidad de fiadores a presentar de DOS a TRES Fiadores que acrediten la capacidad económica de OCHENTA UNIDADES TRIBUTARIAS, igualmente se mantiene la medida establecida en el ordinal 3° consistente en presentación cada ocho días por el alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regí.....