Este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1) CON LUGAR la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpo en Divorcio de los ciudadanos DORIANA LIBERATORE RIVERO y JONATHAN JOSUE REQUENA SEVILLA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Lander, Ocumare del Tuy, del estado Miranda titulares de las cédulas de identidad Nº. V-12.085.836 y V-16.937.834, respectivamente.
2) DISUELTO, el vínculo conyugal que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Tomas Lander del Estado Miranda en fecha Ocho (08) de Mayo del 2.008, según consta de Acta de Matrimonio, asentada bajo el Nº.44, folio 44, de los libros respectivos.
3) HOMOLOGADO, el acue.....