DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículo 527, 545 del código civil y 937 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. PRIMERO: DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: MARIA DE LOS ANGELES TORO CACERES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 16.450.675, sobre la bienhechuría construida sobre terreno privado, Con un área de construcción de ciento cincuenta y dos metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados (152,42 mts2). Dejando a salvo los Derechos de Terceros.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
De conformidad con lo previsto en el artícul.....