DECLARA: CON LUGAR la solicitud con motivo de DIVORCIO presentada por la ciudadana GLADYS JOSEFINA TOVAR DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.411.615, contra el ciudadano JUAN RAMÓN PUERTA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.711.037, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos GLADYS JOSEFINA TOVAR DIAZ, y JUAN RAMÓN PUERTA TOVAR, identificados plenamente en autos, en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día 17 de enero de 1972 tal y como se desprende de copia certificada del acta de matrimonio inserta bajo el acta N° 19, del libro de matrimonio del año 1972, llevado por ante el Registro Civil del Concejo Municipal del Distrito Federal, en la Jefatura Civil de la Parroquia El Valle del Distrito Capital.