Declara extinguida la pena principal impuesta al penado VILLEGAS CABRILES RAFAEL EMILIO, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.292.418, así como también extingue las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1, del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el 105 del Código Penal.