DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por el Juez titular de esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en los Teques, LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ, conforme a lo previsto en el artículo 86 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara CON LUGAR la inhibición planteada.