Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ISIDRO ANTONIO HAMILTON MUÑOZ, en su carácter de Defensor Público Penal del ciudadano WILLIAM ARMANDO BARRIOS, y en consecuencia, SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 27 de julio 2012, por Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual negó la solicitud del otorgamiento de DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme a lo preceptuado en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.