UNICO: Ordena librar la correspondiente comunicación al Departamento de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de dar cumplimiento a la pena impuesta al ciudadano JOSE GERARDO GARCIA VIVAS, Venezolano, quien presenta como última dirección: Avenida Bertorelli, Residencias El Encanto, Edificio El Turpial, piso 03, apartamento 03, municipio Guaicaipuro, Los Teques, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad N° 9.416.225, de conformidad con lo establecido en el articulo 367 en concordancia con el 512 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, librese el oficio correspondiente.