Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: imponer al ciudadano acusado JHOVANNY MANUEL MARTINEZ CEREZO, ampliamente identificado en la presente causa de la medida cautelar sustitutiva de libertad contemplada en el articulo 256 ordinales 3°, 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento en los artículos 244, 256 y 264 ejusdem. Consistente en la presentación ante la Oficina del alguacilazgo cada 15 días, prohibición de salir de la jurisdicción y del país sin previa autorización del Tribunal y la presentación de dos (02) personas que le sirvan de fiadores y que los mismos cumplan con las exigencias del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, e igualmente que devengan un salario o sueldo mensual igual o mayor a cuarenta.....