DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos ALBA BEATRIZ BAEZ DE MARCANO, CÉSAR IGNACIO MARCANO BAEZ, ADRIANA ELENA MARCANO BAEZ y PEDRO VICENTE MARCANO BAEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.990.639, V-6.890.828, V-11.041.674 y V-6.075.563 respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PEDRO VICENTE MARCANO MILLÁN