este Juzgado Cuarto de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION del ACTA DE MATRIMONIO, de los ciudadanos YADIRA RAMÍREZ VERGARA y ALBERTO JOSE LEAL GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.038.157 y V- 6.876.901, respectivamente