´Se INSTA, a la solicitante supra identificada a consignar Original o Copia Certificada de la sentencia de Divorcio de los ciudadanos PEDRO JOSE GUEVARA VASQUEZ y LORIS NAYIBA MORALES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-9.483-571 y V-10.118.112, respectivamente . Para lo cual se le concede un lapso de noventa (90) días de despacho siguientes al de hoy´