...componga el proceso, en que se declare el derecho deducido (...)".
Es el caso de autos, nunca se le impartió la admisión a la presente demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA, debido a la inactividad de la parte, aun cuando este tribunal recibió por distribución la presente demanda en fecha veintidós (22) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), genera sin lugar a dudas la consecuencia de una causa paralizada desde el momento de la iniciación del juicio, esto es, desde la presentación del libelo, y ello es justamente lo que se requiere para decretar la pérdida de interés, sin que obste para ello el hecho de que la demanda haya sido o no admitida por el tribunal llamado a conocer el asunto.
En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, vista la inactividad de la parte en este proceso desde el veintidós (22) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), hasta la presente fecha, habiendo perman.....