En virtud del razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la conversión de la pena que le falta por cumplir al penado MIGUEL JOSE SANZ PINTO , TITULAR DE LA Cédula de Identidad N° 6.341.979, en CONFINAMIENTO, por lo que deberá residir en el Barrio Brisas de Propatria, Calle San Rafael, Casa N° 178, Parroquia Sucre, Municipio Libertador de la ciudad de Caracas, durante el lapso de pena que le falta por cumplir , que son CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, los cuales concluyen en fecha 28-05-2005.
Así mismo deberá el mencionado penado, una vez en libertad, presentarse ante la primera autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador, una vez a la semana, durante el lapso que dure el referido, de conformidad con los.....