Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala 3 de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada CRISTINA MIJARES, en su condición de Fiscal Vigésima segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con Sede en los Valles del Tuy, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en fecha 21 de septiembre de 2012, por el cual acordó imponer la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el artículo 256, numerales 3, 4, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisi.....