PRIMERO: Con LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por La Empresa Mercantil DOFIMA C.A., contra el ciudadano FRANCISCO JAVIER FLORES, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena al demandado FRANCISCO JAVIER FLORES, a la entrega del inmueble arrendado constituido por el local Nº4, que forma parte de la parcela Nº9, de la Urbanización, Unida Industrial Los Teques, Sector el Tambor de la ciudad de los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Miranda, con frente a la Avenida Pedro Russo Ferrer o carretera El Tambor, totalmente desocupado de bienes y personas, y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demanda por haber sido vencida en juicio.