PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por el ciudadano: ANTONIO RAMÓN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.515.232, contra la ciudadana ZULAY DEL VALLE ACOSTA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.851.256, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha Cinco (05) de Enero de 1.990, por ante el despacho de la Alcaldía del Municipio Plaza, Guarenas, Estado Miranda, según consta de Acta N° 02 del Libro de Matrimonio llevado por ese Despacho durante el año 1.990.-
Dada la naturaleza del fallo, NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. Por cuanto la presente decisión se dicta fuera de los lapsos de Ley, conf.....