En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal, como complemento de la ejecución de la sentencia definitivamente firme, acuerda oficiar lo conducente al Registrador Subalterno del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, anexándole copia certificada de la sentencia, del auto dictado en fecha 06 de abril de 2016 y del presente auto. Líbrese Oficio.