declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL y DE LAS PENAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano ENDER ENRIQUE COLMENARES BARRIOS, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.780.761, residenciado en Carretera Panamericana, kilómetro 27, sector Los Alpes, casa No. 20, Los Teques, Estado Miranda, de profesión u oficio funcionario policial, quien fue condenado en fecha 15/06/00 por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Los Teques, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público