acuerda OTORGAR al ciudadano: WILBER DANIEL DÍAZ MORA, venezolano, natural de Guarenas, nacido el día: 13-09-1981, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.154.774, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: pescador, hijo de: Wilmer Díaz (v) y Carmen Mora (v), residenciado: Zona Industrial Guayabal, casa s/n, hacienda Los García, cerca de carga de transporte, Guarenas, Estado Miranda, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse por ante la sede de este Juzgado el día miércoles de cada TREINTA (30) días. Líbrese el oficio correspondiente y remítase en su oportunidad Legal las presentes actuaciones a la Fiscalía 5ª del Ministerio Público.