...PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO, en contra de los ciudadanos MESA BRICEÑO MISAEL GREGORIO y LINARES ALFREDO JAVIER, titulares de la cédula de identidad N° V-11.234.067 y V-16.935.768, respectivamente; plenamente identificados, en lo que se refiere al delito APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; por cumplir con todos los requisitos previstos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITEN LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL MINISTERIO PUBLICO, al ser estimadas, legales, licitas, necesarias y pertinentes en la búsqueda de la verdad, las cuales serán recibidas con las formalidades de ley en fase de juicio en debate oral y público, y descritas en el Capitulo V, por ser, lícitas, necesarias y pertinentes para la celebración del juicio oral y público, todo de conformidad con lo dispuestos en el artículo 330 ordinal 9° del C.....