En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO (02) DE MUNICIPIO, ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, incoada el 07 de diciembre de 2020, ante la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, por los ciudadanos: CLAIRE JOSEFA GUZMÁN DE CORREA y JOSÉ HIPÓLITO CORREA GONZÁLEZ, venezolanos mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números: V.- 9.062.706 y V.-6.825.841, respectivamente, asistidos por el profesional del derecho FÉLIX ALBERTO ALAYON SERRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.656;
SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL MATRIMONIO, contraído el 08 de marzo de 1983, por.....