Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD, intentado por la ciudadana SOLEDAD MELINA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD TORRES ZARATE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.357.843, en contra del ciudadano OMAR TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.881.522.
SEGUNDO: En consecuencia, téngase al ciudadano HECTOR JOSÉ RODRIGUEZ FAMBONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.807.148, como padre biológico de la accionante, quien en lo sucesivo se llamará SOLEDAD MELINA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD RODRIGUEZ FAMBONA, de conformidad con los artículo 56 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezu.....