De las declaraciones rendidas ante este Juzgado por los ciudadanos: ELVIA MARGARITA MEDINA SMITTER, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.331.543 y de ANA ISABEL MENDOZA GALUE, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.458.227, los mismos son contestes al afirmar que los ciudadanos: EDGO ALBERTO GOLLARZA SANTANA, esposo de la de Cujus, así como a su única hija ABRIL CAROLINA GOLLARZA BASTARDO, ut supra identificados y por cuanto no ha habido oposición alguna al respecto este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO, EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a la atribuciones conferidas mediante Resolución Nº 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial Nº 39.152.....