III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia se ORDENA:
PRIMERO: Rectificar el del Acta de Nacimiento Nº 104 de fecha veintitrés (23) de febrero del año mil novecientos cincuenta y siete (1957), emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, en lo que respecta al asentar correctamente el nombre de la madre de la solicitante, de la siguiente manera: "JUANA LEÓN" y no continúe como erradamente se encuentra "CEFERINIA LEÓN". ASI SE DECIDE. –
SEGUNDO: Una vez ejecutoriada la sentencia insértese íntegra en los Registros respectivos, sin hacer alteración del Acta rectificada, poniendo a su marg.....