PRIMERO: Se califican los hechos como flagrantes de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta la continuación de la presente causa por el procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 372 y 373 ejusdem. SEGUNDO: Se acuerda imponer a los imputados: IVAN JOSE RAMIREZ OCANTO, GEDRY ALONSO PANTALEON HUERTA, YENDER ALEXANDER GONZALEZ, JONATHAN JOSE MENESES JULIO, OSMAR IBOSET SIJO ARMAS, MADINSON ANTONIO ANSEUME RODRIGUEZ, plenamente identificados en autos las medidas cautelares sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 2°, 3°, 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.