Por todos los razonamientos antes expuestos, y que revisado una vez más tal computo, constatado como ha sido el cumplimiento de la Medida Sancionatoria impuesta al adolescente ___________________________, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, ordena la CESACION de la medida de Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 624 y 647 literal “H” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y en consecuencia la LIBERTAD PLENA de ___________________________, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 645 ejusdem.