Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Penal del Estado Miranda extensión Barlovento administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:
Primero: declarar la nulidad absoluta de la Audiencia Preliminar efectuada en fecha 04-11-1999, cuya Acta riela en los folios 26 al 28 de la pieza N° 1 de la presente causa signada bajo el N° 2M53-99. Así se decide.
Segundo: se mantiene los efectos de la Revisión de la Medida Privativa de Libertad, acordada mediante auto de este Tribunal, dictado el Doce (12) de septiembre del año Dos Mil Uno (2001), folios 49 al 51 pieza III en el cual se otorgó las Cautelares Sustitutivas previstas en el artículo 265 ordinales "°, 3°, 4°, 5°, 6° y 8° en concordancia con los artículos 267 y 269 del Código Adjetivo Vigente para dicha fecha. Así se Declara.
Tercero: se ordena la remisión de la presente causa a la secretaria de los Tribunales de Control, para su distribución al Tribunal de Control .....