Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: La inmediata libertad de los imputados EDINSON DAVID DIAZ HIDALGO y CRISTIAN JESUS VEGAS GAVIDEZ, titular de la cédula Nº18388871 y 20.483.324, residenciados en LAS MERCEDES DE CUA, SECTOR LAS CASITAS, CASA NRO. 46. y LAS MERCEDEZ DE CUA, CALLE LOS ARBOLITOS, CASA SIN NUMERO., en virtud de habérsele acordado Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales del artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena que se continúe la investigación por la vía del procedimiento ordinario, conforme lo establecido en el articulo 373 último aparte del Código Orgánico Procesal penal. Remítase las presentes actuaciones al Fiscal séptimo del Ministerio Público en su debida.....