Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal PRIMERO de Primera Instancia en lo Penal Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley le confiere, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta a la acusada MARISOL ALTAMIRANDA PEÑARANDA, establecida en el artículo 256, numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada TREINTA (30) DIAS y en su lugar la modifica a presentación cada CUARENTA (40) DIAS por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal advirtiéndose de la obligación de comparecer al Tribunal cada vez que se encuentre fijado un acto.
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese, líbrese las correspondientes boletas de notificación, y líbrese oficio al alguacilazgo del Circuito Judicial.-
La Juez Primero de Juicio
SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETAR.....