A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la inhibición planteada en fecha 27 de mayo de 2008, por el Dr. HECTOR DEL V. CENTENO G., en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio que por que por QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO incoara el ciudadano JOSE QUIJANO en contra del ciudadano LUCAS DIONISIO SANTOS DA SILVA.
SEGUNDO: Remítase las actuaciones al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
TERCERO: PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE la presente decisión, incluso en la pagina web de e.....