"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: De conformidad con lo tipificado en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION que por cobro de Prestaciones Sociales incoare la ciudadana WILLIAMS ASDRUBAL SUÁREZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nro. 3.627.461, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA LOS TOREROS R.S., inscrita ante el Registro Público de los Municipios Brión y Buroz del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el N° 30, Tomo 06, Protocolo Primero, en fecha 18-02-2004. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas ..."