Declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS, formulado por los ciudadanos CESAR AUGUSTO CAMEJO MARTINEZ, y ODELY JOSEFINA AROCHA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-15.251.409 y V-12.301.486, respectivamente; en virtud de la reconciliación existente entre los solicitantes antes mencionados. En consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente.