DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en el sector Vereda El Zamuro, calle Ambrosio Plaza, casa s/n, Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, , con los siguientes linderos: NORTE: Con la casa de la ciudadana María Angulo (14,81 m); SUR: Con la casa del ciudadano Rafael Lares (11,40/11, 10/8,40 m); ESTE: Con camineria Pública, que es su frente (10,50 m) y OESTE: Con casa del ciudadano Caldeira Basco (20,85 m). Con una superficie de construcción de 291,67 m2, a favo.....