´...este Tribunal encuentra que la solicitud de ejecución del fallo, se subsume en las normas antes transcritas, en virtud de ello, este Juzgado dispone: PRIMERO: suspender el presente proceso en fase de ejecución de sentencia de desalojo, por cuanto implica la desocupación de un inmueble destinado a vivienda por un lapso de ciento ochenta (180) días hábiles, contando a partir del día siguiente de la ultima notificación que de las partes conste en autos, este Tribunal, en consecuencia, ordena librar boleta de notificación a la parte actora de la presente suspensión; SEGUNDO: ordena del mismo modo la notificación mediante boleta a la parte demandada, ciudadanos NANCY TERESITA PIÑEIRO de BELO y LUIS ALCADIO BELO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.406.318 y V-2.743.520, respectivamente, con el objeto de que comparezca entes este Tribunal, dentro de los CINCO (05) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la última notifica.....