´DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por el ciudadano LUIGI ANTONIO SCHIAVONE CIRROTTOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.452.065, contra la ciudadana AURA JOSEFINA CASTRO DE SCHIAVONE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.452.923, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos LUIGI ANTONIO SCHIAVONE CIRROTTOLA y AURA JOSEFINA CASTRO DE SCHIAVONE, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 13 de noviembre del año 1981, según consta del contenido de la copia certificada del acta de matrimonio inserta bajo el Acta N° 95, folio 95, del libro de matrimonio llevado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Carrizal, estado Miranda (hoy Registro Civil y Electoral del Municipio Carrizal, estado Bolivariano de Miranda).
De conformidad con lo establecido en los artículos 101, numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Regist.....