Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 2, administrando Justicia por mandato expreso de Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de la Medida Cautelar sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad contenida en el artículo 256 numeral 3 del texto adjetivo penal, solicitada por la defensora pública JANETH GUARIGLIA RANGEL, actuando en su carácter de defensora pública penal (Suplente) de los ciudadanos Rojas Rada Charley Fernando, y Yanez Colmenares Paul Antonio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 10.010.628 y 14.689.565 respectivamente, acusados en la causa signada bajo el N° 2M-654-02, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se MODIFICA la obligación de los acusados de presentarse cada ocho (8) días ante este Despacho; esto e.....