...PRIMERO: SE DESESTIMA LA ACUSACIÓN FISCAL de conformidad con lo establecido en los artículos 28, numeral 4° literal "i", concatenado con el 319 en su último aparte y 20 ordinal 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LAS EXCEPCIÓNES, presentadas por el DR. EDDY ROSALES; contenida en el numeral 4º, literal "i", del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, por no cumplirse con las disposiciones del articulo 326 numerales 2°, 3°, 4° y 5° del mismo texto adjetivo, conforme a lo previsto en el artículo 330, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia la Representante del Ministerio Publico no dio estricto cumplimiento a los dispuesto en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE DECLARA EXTEMPORÁNEAS LAS EXCEPCIONES, planteadas en los escritos consignados por la defensora publica penal DRA. ELIZABETH CORREDOR, el día 27-10-08 y los defensores privados DR. MIGUEL ANIBAL ZAMBRANO ARBORNOS, el día 02-10-08 y e.....