Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Marisol Viera, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana Margot Márquez de Rondón, titular de la cédula de identidad Nº 8.358.815. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, de fecha 20 de julio de 2009, en consecuencia; se ordena la RESPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de esta Circunscripción Judicial y Sede, subsane el vicio procesal referente al error en la práctica de la notificación a la codemandada, Fundación de Desarro.....