emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: De conformidad con los artículos 70, 71 y 73, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 66 eiusdem, se acuerda acumular las causas 3E360-11 y 3E403-11, seguidas al ciudadano KELVIN EMILIO LOUCHART MEDERICO, titular de la cédula de identidad personal número V-18.954.122, quedando en lo sucesivo identificada la presente causa con la nomenclatura 3E360/11-3E403/11, distinguiéndose como piezas I, II Y III las correspondientes a la hasta ahora causa 3E360/11, y como piezas IV Y v las correspondientes a las piezas I y II de la causa 3E-403/11.