"...Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Cúa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Cuestión Previa contenida en el ordinal 9º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referente a la Cosa Juzgada. Así se decide.
SEGUNDO: Sin Lugar la Cuestión Previa contenida en el ordinal 11º del artículo 346 ejusdem. Así se decide.
TERCERO: Como consecuencia de ello se condena en costas a la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Déjese copia certificada de la presente sentencia, de confor.....