III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley y por no ser contraria a derecho la petición del demandante DECLARA:
PRIMERO:PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobros de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios Laborales incoada por el ciudadano ALICIO CASTILLO, contra la entidad de trabajo demandada COMUNA 27 DE FEBRERO, ambas partes plenamente identificadas al comienzo del presente fallo. Así se decide.-
SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo demandada COMUNA 27 DE FEBRERO a cancelar al ciudadano ALICIO CASTILLO la cantidad de QUINCE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON 08 CENTIMOS (Bs. 15.146,08) por los conceptos de Prestación de Antigüedad, Vacaciones y Bono Vacacional.....