CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos AMARILYS DEL CARMEN ARISTIGUETA e YDALY ROSANY ROMERO MEJIAS, antes identificados, y con las consideraciones de Hecho y de Derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos DULCE MARIA SILVA FONSECA, JOSE LUIS SILVA FONSECA, RIGOBERTO ENRIQUE SILVA FONSECA, JOSE FELIX SILVA FONSECA, CARMEN ROSARIO SILVA FONSECA, MARCO ANTONIO SILVA FONSECA Y GILBERTO ANTONIO SILVA FONSECA, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.826.260, 10.870.049, 12.833.964, 13.598.722, 14.014.461, 16.904.304 y 15.701.408, resp.....