PRIMERO: CONDENA al ciudadano ISDALHER CARREÑO LISIAGA, titular de la cédula de identidad N°. V-11.603.656, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 426 ejusdem, en agravio de las personas quien en vida respondieran al nombre de Carlos Daniel Coronado Gutiérrez y Luis Daniel Pérez Simoza y autor responsable en el delito de HOMIDICIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 408 ordinal 1° del Código Penal en relación con el artículo 80 segundo aparte ibidem, en agravio de las personas Guilarte Yorlis Luis y Gallazo Rodríguez Francisco Javier, en concordancia con el artículo 86 del Código Penal, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRESIDIO. De igual manera se condena a las penas accesorias de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, las cuales.....