En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda - Extensión Valles del Tuy, decreta CON LUGAR la solicitud presentada por la defensa, en virtud de ello, se acuerda: PRIMERO: SE ACUERDA UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano ANDRUD ALEXANDER RODRIGUEZ OLIVARES, específicamente las previstas en el artículo 256 numerales 3, 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En cuanto a del tercer numeral, tendrá un régimen de presentación cada veinte (20) días mientras dure el proceso; en lo atinente al numeral cuarto, no podrá ausentarse de la jurisdicción de la Gran Caracas sin permiso del Tribunal y en lo concerniente al numeral quinto, no podrá acercarse a lugares donde se presuma la venta de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. TERCERO: Líbrese la Boleta de Excarcelación.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
Dr. ANGEL RAFAEL BASTARDO
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