DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos ANTONIO BARRETO QUINTAL VALENTE y LUCIA MARIA MARTINHO DE BARRETO, nacionalidad Portuguesa y venezolana mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N°E-1.008.759 y V-6.843.331 respectivamente de una bienhechuría construida sobre un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie de UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADADOS (1.145,56 M2), ubicado en: Loma Gorda de Carrizal del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción de TRES MIL CIENTO VEINTISIETE CON SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (3.127,72 M2), cuyos linderos medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, la cual fue redactada por la abogada YASMINI ZAMBRANO FUENTES inscrita en el Inpreabogado bajo el N°32.861.