PARCIALMENTE CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Administrativo por Abstención o Carencia interpuesto por el ciudadano WHILSON ANDRES GUERRA VALDERRAMA, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.-
SEGUNDO: ORDENA a la Inspectora del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 109 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, proceda dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación a dictar la respectiva providencia administrativa en el expediente administrativo Nº 039-2015-01-00909, contentivo del procedimiento administrativo de REENGANCHE Y RESTITUCION DE DERECHOS INFRINGIDOS interpuesto por el ciudadano WHILSON ANDRES GUERRA VALDERRAMA, contra la Entidad de Trabajo "INSDUSTRIAS POLLO PRIMIUM 5.8., C.A."
TERCERO: SIN LUGAR las sanciones solicitadas por el recurrente contra el referido órgano administrativo.-
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